Actualización de la situación jurídica de Luis Fernando Sotelo Zambrano  

 

  • Cabe recordar que Luis Fernando presentó un amparo indirecto en contra del Auto de Formal Prisión que le fue dictado en fecha 10 de noviembre de 2014 por el Juez 32 penal. De dicho amparo conoció el Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal, quien dentro del juicio 1174/2014 – 5 le concedió el amparo para el efecto de que el juez del Reclusorio Sur deje insubsistente ese Auto de Formal Prisión y dicte otro donde especifique y aclare por qué tuvo por acreditados los delitos de Ataques a la Paz Pública y Daño a la propiedad con las mismas pruebas con las que acreditó el delito de Ataques a las Vías de Comunicación (por considerar que se debe especificar qué aportan dichas pruebas para tener por acreditado cada delito en particular).

 

  • Finalmente, respecto al Recurso de revisión 237/2015 que se encontraba pendiente de resolver en el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Distrito Federal, dicho Tribunal confirmó la sentencia de amparo, solicitando el cumplimiento inmediato de dicha sentencia.

 

  • Por tal motivo, en cumplimiento a la sentencia de amparo, en fecha 10 de febrero de 2016, el Juez 32 penal del Reclusorio Sur dictó un nuevo auto de formal prisión en contra de Luis Fernando, por los delitos de Ataques a la Paz Pública, Daño a la propiedad y Ataques a las Vías de Comunicación. Es decir, dictó la misma resolución, pero con diferente fecha.

 

  • Con dicha resolución, se reanuda el procedimiento, por lo que se tendrán que ofrecer nuevamente pruebas a favor de Luis Fernando, mismas que ya se desahogaron en el juzgado, por lo que se solicitará que se tengan por reproducidas, para que el juez pueda cerrar la instrucción y se dicte la sentencia correspondiente en la primera instancia.